Jueves
7 de Noviembre de 2024
( CASTELLI - CHACO )
10 de junio de 2020
Se habilitaron las caminatas, los gimnasios, el ciclismo y el padel bajo estrictos protocolos.
El intedente Pio Sander acompañado del Comité de Emergencia Sanitaria, anunció este martes nuevos avances del Aislamiento Social Obligatorio por el CORONAVIRUS COVID-19 que se prorroga hasta el 28 de junio.
Sander hizo hincapié en la necesidad del compromiso social, «podemos avanzar hacia una nueva etapa gracias a que no tenemos casos y para mantener esto y poder continuar avanzando debemos tener un fuerte compromiso social. Por eso es que todos debemos colaborar, logramos avanzar hacia nuevas actividades pero seguiremos con estrictos controles». Enfatizó el Intendente.
En tal sentido señaló que castelli cuenta con tres accesos con controles habilitados de los cuales a partir de ahora dos -el de la salida hacia Pampa Toloza como el del acceso Norte- estarán habilitados solamente para quienes tengan la oblea de productores, todas las demás personas deberán ingresar o salir por el acceso principal por Av San Martín.
En cuanto a la nueva Resolución N° 550/20 especifica
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE JUAN JOSE CASTELLI – CHACO- AD REFERENDUN DEL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIAL
R E S U E L V E:
Artículo 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Juan José Castelli al Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N°677/2.020 y su anexo I el cual disponen prorrogar del AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO hasta el día 28 de junio de 2020 inclusive.
Artículo 2°: RATIFICAR y PRORROGAR las disposiciones de las Resoluciones del Ejecutivo Municipal N° 348/20, 354/20, 363/20, 371/20, 383/20, 399/20, 430/20, 457/20 en cuanto a sus términos, medidas dispuestas y sanciones, siempre que no contradigan a la presente resolución.
Artículo 3°: DISPONER la autorización de apertura de Gimnasios dentro de los horarios de trabajo de 07.00 hs. a 20.00 hs., bajo estricto cumplimiento de los protocolos aprobados por el comité de emergencia Sanitaria local, anexo a la presente resolución.
En tal sentido los propietarios y/o titulares de dichos gimnasios deberán suscribir una declaración jurada de acatamiento y compromiso de cumplimiento estricto de los protocolos y medidas de bioseguridad sanitarias establecidas al efecto. Declaración jurada que forma parte como anexo integrante de la presente resolución.
Artículo 4°: DISPONER la habilitación de actividades relacionadas con caminatas, únicamente dentro de la zona urbana, solo con el grupo familiar, no encontrándose autorizada dicha actividad en rutas, ni en los alrededores del Hospital local, ni centros de salud. Asimismo, se encuentra prohibido el uso de juegos biosaludables instalados en los espacios públicos.
Asimismo, se habilita la actividad ciclismo dentro del ejido municipal incluyendo rutas, y bajo el cumplimiento de reglas de conducta establecidas por el Comité de Emergencia Sanitaria y disposiciones Municipales, por medio de la Subsecretaria de Deporte municipal.
Estas actividades las podrán realizar solo los mayores de 15 años y dentro de los horarios de 5.00 a 8.00 hs. y de 13.00 a 16.00 hs, únicamente.
Artículo 5°: DISPONER la autorización de la actividad deportiva denominada PADEL en los horarios de 07.00 a 20.00 horas, solo mayores de 18 años de edad y bajo estricto cumplimiento de los protocolos aprobados por el comité de Emergencia Sanitaria local, anexo a la presente resolución.
En tal sentido los propietarios y/o titulares de las canchas de la actividad deportiva en cuestión deberán suscribir una declaración jurada de acatamiento y compromiso de cumplimiento estricto de los protocolos y medidas de bioseguridad sanitarias establecidas al efecto. Declaración jurada que forma parte como anexo integrante de la presente resolución.