Sábado 27 de Julio de 2024

PROVINCIALES

22 de junio de 2021

Prorrogan las medidas restrictivas en Chaco hasta el 5 de julio

El gobernador Jorge Capitanich firmó este lunes el decreto provincial N° 1356, que establece las medidas sanitarias vigentes desde el 22 de junio al 5 de julio, como parte de las políticas definidas en el marco de la pandemia de coronavirus.

En ese contexto, desde Gobierno aseguraron que las medidas, se toman considerando la situación epidemiológica y las recomendaciones del Consejo Provincial de Vacunación, el Consejo Provincial de Desescalada y el Comité de Seguimiento.

Medidas vigentes:

– Reuniones – Eventos: habilitados en espacios al aire libre (hasta 50 personas) y en espacios cerrados (hasta 10 personas) por el plazo máximo de 2 horas de duración.

– Casinos – Cines: habilitado con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible hasta las 22.

– Parques, Plazas, Espacios públicos: se habilita el uso de espacios. No se encuentra permitido el desarrollo de eventos que generen y/o pudieran implicar concurrencia masiva o aglomeramiento de personas,

– Restricción de circulación: entre las 22 y las 6 de cada día, exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

– Alarma Sanitaria: a partir de las 21 horas.

– Pasaporte Chaco: comprenderá el permiso para circular con autotest y la identificación del sujeto como persona con protección inmunitaria, ya sea por vacunación (con fecha de más de 30 días de inoculación de primera dosis) o por haber sido paciente activo en los últimos 4 meses. Los locales con actividades habilitadas, deberán verificar que la persona que requiera sus servicios cuenten con Pasaporte Chaco.

– Constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.

– Actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general: habilitadas en el horario de 8 a 21 con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible de cada espacio.

– Shopping y centros comerciales: los locales de venta que funcionen en centros comerciales y shopping podrán funcionar en el horario de 8 a 21 con reducción de aforo al 50%.

 Gastronomía, Restaurantes, Bares: habilitados para atención en espacios al aire libre y cerrados con reducción de aforo al 50% entre las 8 a las 22.

– A partir de las 22 y hasta las 24, se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).

– Gimnasios – Clubes – Actividades Físicas y Deportivas: se ratifican las habilitaciones del Decreto N° 1242/2021.

A nivel general no se permite:

– La práctica deportiva de contacto y aquella que implique compartir elementos en común, en espacios cerrados y/o al aire libre.

– El desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas.

– El desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateur.

Transporte: Se habilita el uso del 100% de capacidad de asientos de las unidades (no se permiten pasajeros parados) – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Covid

Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: habilitadas con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible. En ningún podrá exceder de 100 personas

Peloteros – Salones Infantiles: se habilita con aforo del 50% para eventos que no superen las 2 horas de duración.

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Administración Pública Provincial: con bimodalidad -teletrabajo /trabajo remoto y presencial que no supere el 50% del total de cada área, oficina o repartición

Sistema Educativo Provincial: Se ratifica lo dispuesto por Decreto N° 1321/2021.

Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención vía remota y por audiencias virtuales.



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