Sábado 5 de Octubre de 2024

ACTUALIDAD

23 de diciembre de 2020

Aftosa: el SENASA aprobó la prórroga de la vacunación hasta el 16 de enero

El organismo sanitario nacional aprobó la solicitud de la cartera productiva para atender los contratiempos ocasionados por la prolongada sequía que afecta a la región y dificulta el traslado, el encierro y la inmunización de los rodeos.

El Ministerio de Producción, Industria y Empleo consiguió de parte del Senasa la aprobación para extender hasta el 16 de enero de 2021 el período de vacunación contra la fiebre aftosa en el Chaco. La medida no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primera vacunación contra la fiebre aftosa, ni aquellos establecimientos que hayan realizado vacunaciones parciales.

La cartera conducida por el ministro Sebastián Lifton requirió la autorización del organismo sanitario nacional para atender los contratiempos ocasionados por la prolongada sequía que afecta a la región y dificulta el traslado, el encierro y la inmunización de los rodeos.

Para ello el subsecretario de Ganadería Sebastián Bravo presentó al SENASA una nota solicitando la ampliación de los plazos necesarios para la provincia atento a la situación climática imperante.

El pedido se fundamentó en que “a pesar de haber llovido en casi todo el territorio de la provincia, los milimetrajes caídos fueron muy escasos y no son suficientes para que los campos respondan y mejores rápidamente, por lo que la hacienda en la mayoría de los lugares aún no está en buenas condiciones para ser arriada, encerrada y vacunada”.

El organismo nacional otorgó la aprobación, que incluye la prórroga hasta el 16 de enero de 2021 de la vigencia de la flexibilización de movimientos de hacienda enmarcados en la resolución 830/20.

La medida del SENASA

El organismo nacional informó que que los plazos de la resolución 830/20 han vencido y no pueden ser prorrogados, por lo cual se procederá a configurar en el Sigsa las excepciones de vacunación para permitir movimientos desde establecimientos alcanzados por la sequía, exceptuando el cumplimiento de la última vacunación contra la fiebre aftosa.

Esa excepción procederá solo cuando los movimientos se realicen dentro de la provincia y el destino de estos animales sean establecimientos que, al momento de la recepción, tampoco hayan cumplimentado la vacunación correspondiente a la segunda campaña de vacunación del año.

Al momento de la vacunación sistemática de la segunda campaña 2020 en el establecimiento de destino, se deberá vacunar la totalidad de los animales existentes, de acuerdo con la categoría correspondiente a vacunar, según la campaña en curso.

El cumplimiento y control de estos requisitos queda bajo consideración y responsabilidad de la coordinación de Sanidad Animal de la Regional Chaco-Formosa de SENASA.



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