Sábado 27 de Julio de 2024

( CASTELLI - CHACO )

23 de octubre de 2020

Nuevas medidas para intentar reducir contagios de COVID 19 en Castelli

Mira el video. Se busca la manera de reducir la circulación de personas, disminuyendo así la propagación de contagios del virus.

Tras la reunión con el comité de Emergencias Sanitaria y Social, el intendente Pío Sander firma la resolución N° 924/ 20 donde anuncia nuevas medidas, debido a los nuevos brotes de contagio en la ciudad. R E S O L U C I O N N° 942/20 V I S T O: La situación epidemiológica actual y los crecientes casos de covid19 positivos en la ciudad de Juan José Castelli; CONSIDERANDO: Que, vista la Emergencia Sanitaria dictada por el Concejo Deliberante Municipal de esta ciudad mediante Ordenanza N° 3.028/20 declarando la Emergencia Sanitaria por Coronavirus (COVID-19) en el Ámbito del Ejido Municipal de esta ciudad. Que en base a los considerandos del Decreto ultimo dictado por el Poder Ejecutivo Provincial. Que el Comité de Emergencias convocado por el Intendente Municipal de la ciudad de Juan José Castelli, se reunió vía teleconferencia para tratar sobre el nuevo brote de contagios de coronavirus en la ciudad el día 22 de octubre, Que participaron de dicha reunión, la Directora de Zona Sanitaria Paula Sartor, Presidenta del Concejo Deliberante Soledad Rach, Concejales María Rollhaiser y Laudino Soraire, Director de Zona Interior Comisario Mayor de Policía Juan Domingo Penayo, Director Regional Educativa Adrián Bordón, Presidente de la Cámara de Comercio Félix Guerrero, Secretario de Gobierno Ismael Pablo Barnes, Asesor Legal Fabricio Ferreyra, Secretario de Desarrollo Social Javier Bender, Responsable Comercio y Bromatología Ariel Ortiz y los Coord. De Tránsito Gamarra y Pacheco. Que se analizó la situación sanitaria expuesta por funcionarios de Salud Pública, informando sobre la situación actual y las medidas que se están adoptando Que los nuevos indicadores epidemiológicos, y la mayor cantidad de casos positivos por Covid-19 suscitados dejan ver qué es importante reducir la circulación comunitaria del virus en la ciudad, Que se estudiaron y analizaron nuevas medidas restrictivas con respecto a los puestos de control de acceso y egreso a la ciudad, actividades comerciales y deportivas, horarios y cumplimiento del protocolo por parte de instituciones y locales comerciales, buscando de esta manera reducir la circulación de personas, disminuyendo así la propagación de contagios, Que el Sistema de Salud Pública AÚN tiene capacidad de respuesta, y se debe evitar colapsar el mismo; Que se deben tomar medidas pensando en el bienestar de todos los castelences, solicitándoles el máximo esfuerzo, la menor circulación y el cumplimiento solo de las actividades esenciales; Que se decidió que lo más conveniente es restringir las actividades comerciales, comedores bares, restaurantes, actividades deportivas gimnasios y canchas de futbol y pádel, salidas recreativas, cultos; Que, a los fines de continuar con la cuarentena de una manera organizada y administrada, equilibrando la salud de nuestra población con su economía, priorizando siempre la prevención en salud, se ha decidido tomar medidas al efecto, Que resulta necesario, en consecuencia, la administración del aislamiento social preventivo y obligatorio en el marco de los Decretos Provinciales y Nacionales, el dictando el presente Instrumento legal. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE JUAN JOSE CASTELLI – CHACO- AD REFERENDUN DEL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIAL R E S U E L V E: ARTICULO N° 1: DISPONER a partir de la fecha y hasta el 27 de octubre de 2020 inclusive, el cierre preventivo de todas las actividades comerciales, esenciales y no esenciales, a partir de las 21 hs. hasta las 7 hs. del día siguiente. Los Bares, Comedores y Confiterías funcionarán con atención al público, con mesas en la vía pública, hasta las 21 horas, luego dichos horarios solo podrán continuar bajo la modalidad delivery hasta las 1,00 hs. Los kioscos funcionarán con atención al público hasta las 21 horas, luego dichos horarios solo podrán continuar bajo la modalidad delivery hasta las 1,00 hs. ARTICULO N°2: DISPONER la suspensión total y preventiva hasta el martes 27 de octubre de 2020 inclusive, de las siguientes actividades: a) Religiosas, cultos y celebraciones, b) Canchas de fútbol 5, otras canchas y gimnasios. c) Actividades deportivas y recreativas, d) Concentraciones en espacios públicos, ARTICULO N° 3: DISPONER la prohibición total y preventiva reuniones, asambleas y encuentros de cualquier índole sin determinación de día y fecha. ARTICULO N° 4: DISPONER la implementación por igual término, de la Alarma Sanitaria a partir de las 21 hs. y hasta las 7 hs del día siguiente, con prohibición de circulación en la vía pública. ARTICULO N° 5: Remítase copia de la presente, al Concejo Deliberante Municipal para su conocimiento y ratificación legislativa y al Juzgado de Faltas Municipal para su conocimiento ARTICULO N° 6: Comuníquese, Regístrese, Elévese copia a quien corresponda, cumplido archívese. - Juan José Castelli, 23 de octubre de 2020 Ismael P G. BARNES Secretario de Gobierno Pio Oscar SANDER Intendente Municipal

COMPARTIR: